La Región del Biobío se suma a las regiones de O´Higgins y Maule que ya están operando con esta nueva modalidad.
Para dar a conocer la nueva modalidad para la tramitación de las solicitudes de subdivisión de predios rústicos en la región del Biobío, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) realizó una reunión informativa con los profesionales que realizan actualmente este trámite ante el Servicio sobre la forma en que se gestionarán estas solicitudes. La actividad contó con la participación del Director Regional (s) del SAG, Juan Pablo Becerra, y del Jefe del Departamento de Protección y Conservación de Suelo y Agua de la División de Protección de Recursos Naturales Renovables, Mario Gallado.
Al respecto, el Director Regional (s) del SAG de Biobío señaló que “el próximo 17 de noviembre nuestra región se suma a esta nueva modalidad que ya está vigente en las regiones de O´Higgins y Maule, donde Terceros/as Autorizados/as, previamente registrados por el SAG, verifican las solicitudes de subdivisión de predios rústicos, lo que permitirá descongestionar el sistema y reducir significativamente los tiempos de tramitación, manteniendo al SAG como responsable final del proceso de certificación SPR”.
Por su parte, el Jefe del Departamento de Protección y Conservación de Suelo y Agua indicó que “la implementación de los terceros autorizados es una necesidad para el Servicio para abordar el retraso que existe, ya que tenemos una gran demanda de solicitudes de subdivisión predial, lo que nos permitirá entregar un servicio más eficiente”.
Los terceros acreditados son personas o empresas externas al SAG que efectúan labores previas de verificación de solicitudes de SPR, quienes entregarán un informe al SAG cuando ésta haya sido verificada que cumple con la normativa vigente. Posteriormente, el Servicio evaluará el informe, la pauta de verificación y otros antecedentes para emitir su pronunciamiento: certificación o rechazo.
La verificación de las solicitudes de SPR por parte de un tercero autorizado involucra la recepción de solicitudes de certificación de SPR, su digitalización, almacenamiento y custodia de las carpetas físicas, comunicación de observaciones al interesado/a, reportabilidad de la información, emisión del informe técnico, entre otros aspectos.
Más información sobre el proceso, los requisitos y el listado actualizado de terceros/as autorizados/as en: www.sag.gob.cl/ambitos-de-accion/autorizacion-de-terceros-en-la-verificacion-de-solicitudes-de-subdivision-de-predios-rusticos
Terceros Autorizados
La normativa establece que los/as interesados/as en postular a la autorización, sean personas naturales o jurídicas, deben cumplir con todo lo establecido en el Reglamento General del Sistema Nacional de Autorización de Terceros y el Reglamento específico correspondiente. Las personas presentadas a desempeñar el rol de responsable técnico, tanto titular como subrogante, deberán aprobar un curso de capacitación, el que será realizado por el Departamento de Protección y Conservación de Suelos y Aguas del SAG, de acuerdo a la modalidad definida por el Servicio y que será informada oportunamente a cada postulante.
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