Si bien se puede realizar la declaración fuera de plazo, según la Defensoría del Contribuyente (Dedecon), la persona se verá afectada con multas, reajustes e intereses, dependiendo si le correspondía pagar impuestos (desde el 10% al 30% de lo adeudado y 1,5% más por mes de retraso).
En caso de que la o el contribuyente tuviera una devolución a favor o una declaración “calzada” (sin pago ni devolución), la sanción económica puede variar desde 1 UTM hasta 1 UTA (entre $64.793 y $777.516, a marzo de este año).
Finalmente, si no se realiza la declaración, el Servicio de Impuestos Internos (SII) podrá iniciar un proceso de fiscalización y girar los impuestos que correspondan. En este sentido, la persona quedará con una deuda tributaria, que irá en aumento por reajustes por IPC, intereses y multas. En caso de que, en futuros procesos, solicite una devolución a su favor, ésta será utilizada para compensar la deuda.
“Es fundamental estar al tanto de las obligaciones tributarias y cumplir con los plazos definidos. Por eso, para facilitar este proceso, es importante que revisen la propuesta de Formulario 22 ante eventuales observaciones por errores o falta de información”, expresó el defensor nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro.
Cómo regularizar la situación
La o el contribuyente debe presentar su declaración de impuesto a la renta en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl): Menú “Ayuda”, opción “¿Cómo se hace para…?”. Luego, “Declaración, pago, devolución de impuestos y condonación de intereses y multas”, y “Declarar Renta (F22)”.
Si existiera una diferencia u observaciones a la declaración, la persona debe acudir a la unidad del Servicio en la fecha señalada, con toda la documentación que respalde y demuestre que completó el trámite.
Por el contrario, si la discrepancia se produce por algún error u omisión en el llenado del Formulario 22, se debe rectificar en www.sii.cl, menú “Ayuda”, “¿Cómo se hace para…?”, “Declaración, pago, devolución de impuestos y condonación de intereses y multas”, y “Rectificar Renta (F22)”.
“Las y los contribuyentes tienen derecho, entre otros, a rectificar sus declaraciones y a impugnar las actuaciones del Servicio cuando estimen vulnerados sus derechos o tales actuaciones infrinjan la ley. Si tienen alguna duda o inconveniente para el correcto cumplimiento tributario, pueden acudir a nuestra Defensoría y solicitar orientación sobre la Operación Renta en forma gratuita y especializada a través de www.dedecon.cl“, concluyó el defensor Ricardo Pizarro.
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