CORTE DE CONCEPCIÓN CONFIRMA EXPULSIÓN DE ALUMNO QUE PORTABA UNA NAVAJA EN SU COLEGIO

⚡ Puntos Clave de la Noticia:

  • La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección presentado por la familia del estudiante.
  • El alumno admitió haber ingresado y exhibido el arma blanca, lo cual fue tipificado como falta gravísima.
  • El tribunal concluyó que el colegio siguió correctamente los protocolos de la ley Aula Segura para garantizar la seguridad.

*El estudiante de séptimo básico reconoció haber ingresado y exhibido un
arma blanca al interior del establecimiento, asegurando que la portaba para
defenderse. La justicia respaldó la expulsión, concluyendo que el colegio
actuó conforme a la ley para proteger a toda la comunidad educativa.*

En una decisión que vuelve a poner sobre la mesa el complejo escenario que
enfrentan los establecimientos educacionales ante el aumento de la
violencia escolar, la Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la
expulsión de un estudiante de séptimo básico que ingresó con una navaja al
colegio y la exhibió durante la jornada escolar, generando temor entre sus
compañeros.

El fallo unánime de la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó el
recurso de protección presentado por la apoderada del menor y respaldó la
decisión adoptada por el Colegio Amanecer San Carlos, concluyendo que el
establecimiento actuó dentro del marco legal y aplicó correctamente su
Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

La sentencia constituye un importante respaldo para los establecimientos
educacionales, en un contexto donde las decisiones disciplinarias adoptadas
para resguardar la seguridad de las comunidades escolares son cada vez más
frecuentemente llevadas ante los tribunales.
Llevaba una navaja y la exhibió durante las clases

De acuerdo con los antecedentes analizados por la Corte, quedó acreditado
que el estudiante portó una navaja o cortapluma al interior del
establecimiento y la exhibió mientras se desarrollaban las actividades
escolares.

Además, el propio alumno reconoció que llevaba el arma blanca como
mecanismo de defensa personal.

Para los ministros, dicha conducta se encuentra expresamente tipificada
como una falta gravísima dentro del Reglamento Interno de Convivencia
Escolar, ya que vulneró las normas del establecimiento y provocó un fundado
temor entre sus compañeros al exhibir el arma dentro del colegio.
El colegio siguió todos los protocolos

Uno de los principales argumentos del recurso era que el establecimiento
habría actuado de manera arbitraria al expulsar al estudiante.

Sin embargo, la Corte descartó completamente esa tesis.

Según el fallo, el colegio activó oportunamente los protocolos establecidos
por la Ley N.º 21.128 (Aula Segura), aplicó una suspensión cautelar
debidamente fundada, realizó la denuncia correspondiente ante el Ministerio
Público e inició una investigación interna que incluyó entrevistas a
testigos y al propio estudiante involucrado.

Asimismo, el establecimiento implementó medidas de apoyo psicosocial
destinadas a proteger a la comunidad educativa mientras se desarrollaba el
procedimiento disciplinario.

Para el tribunal, todo ello demuestra que la decisión no fue improvisada ni
caprichosa, sino el resultado de un procedimiento ajustado a la normativa
vigente.
El alumno reconoció los hechos

La sentencia también destaca que el propio estudiante admitió haber portado
el arma blanca.

A juicio de la Corte, la expulsión respondió a una conducta que tanto la
legislación como el reglamento interno consideran de máxima gravedad,
precisamente por el riesgo que implica para la integridad física y
psicológica de estudiantes, docentes y funcionarios.

El tribunal enfatiza que el objetivo de la medida fue resguardar la
seguridad de toda la comunidad educativa.
La defensa pudo ejercer todos sus derechos

Los jueces también rechazaron la alegación de que se hubiera vulnerado el
debido proceso.

La resolución señala que tanto el estudiante como su apoderada tuvieron la
posibilidad de presentar descargos escritos, aportar antecedentes e incluso
acompañar imágenes del arma blanca.

Posteriormente, una vez notificada la expulsión, ejercieron su derecho a
apelar, instancia que fue conocida y resuelta por el Consejo de Profesores
mediante una decisión mayoritaria y debidamente documentada.

Para la Corte, todas las etapas exigidas por la normativa fueron respetadas.
La Superintendencia también revisó el procedimiento

El fallo agrega que la Superintendencia de Educación tomó conocimiento del
procedimiento disciplinario seguido por el establecimiento tras la
aplicación de la expulsión.

Luego de revisar los antecedentes, el organismo constató que el colegio
actuó conforme a las disposiciones de la Ley Aula Segura y derivó los
antecedentes a la autoridad provincial correspondiente para garantizar la
reubicación del estudiante en otro establecimiento educacional,
resguardando así su derecho a la educación.
Un fallo que llega en medio del complejo escenario que viven los colegios

La resolución adquiere especial relevancia en momentos en que la violencia
en los establecimientos educacionales se ha convertido en una de las
principales preocupaciones del sistema escolar.

Agresiones a docentes, amenazas con armas, riñas y otros episodios graves
han obligado a los colegios a reforzar sus protocolos de convivencia y
seguridad.

En ese contexto, el fallo cobra especial importancia. Los establecimientos
educacionales enfrentan hoy un escenario marcado por el aumento de hechos
de violencia escolar y una creciente judicialización de las medidas
disciplinarias que adoptan para proteger a sus comunidades. Mientras los
colegios deben responder a situaciones cada vez más complejas —incluyendo
el ingreso de armas a los recintos educacionales—, muchas de sus decisiones
terminan siendo revisadas por los tribunales.

A ello se suma el impacto que generó recientemente el asesinato de una
funcionaria de un establecimiento educacional en el norte del país a manos
de un estudiante, hecho que reabrió el debate nacional sobre la necesidad
de fortalecer las herramientas legales y el respaldo institucional para
resguardar la seguridad de las comunidades educativas.

En este escenario, la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción
entrega una señal clara respecto de que, cuando los establecimientos
respetan los procedimientos establecidos en la ley, investigan los hechos y
garantizan el derecho a defensa de los involucrados, cuentan con respaldo
judicial para adoptar medidas disciplinarias destinadas a proteger la
integridad física y psicológica de estudiantes, docentes y asistentes de la
educación.

Con ello, el tribunal concluyó que no existió actuación ilegal ni
arbitraria por parte del Colegio Amanecer San Carlos, confirmando
definitivamente la expulsión del estudiante y reforzando la facultad de los
establecimientos para actuar frente a conductas que ponen en riesgo la
seguridad de toda la comunidad escolar.