La ministra Jeannette Jara sostuvo que el proceso de ratificación se realizará en diálogo con empleadores y trabajadores.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, acompañada por el subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes, anunció este miércoles el envío al Congreso Nacional de un proyecto de acuerdo para ratificar el Convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre Seguridad y Salud para las y los Trabajadores.
Las autoridades adelantaron el envío de la iniciativa en las dependencias del Laboratorio Bagó, en la comuna de Santiago, actividad en la que también estuvo presente la directora del Instituto de Seguridad Laboral, Aída Chacón; el director de la OIT para la Oficina del Cono Sur de América Latina, Fabio Bertranou; y el consejero nacional de la CUT, Horacio Fuentes.
La ministra Jeannette Jara señaló que “tanto el Convenio 155, que es el que se va a llevar ahora al Congreso Nacional, como el Convenio 176 sobre Seguridad y Salud en las Minas, que aprobamos recientemente, además de la actualización de la Política Nacional de Seguridad y Salud Laboral, lo que hacen es ponernos un estándar superior”. Esto lleva, añadió, a “revisar algunas normas que debiéramos actualizar”.
Agregó que “esto se va a hacer, por cierto, en conversación con los empleadores, con gradualidad y con apoyo a las pequeñas y medianas empresas, pero podríamos decir que Chile ya tiene un buen piso sobre el cual construir”.
El subsecretario Claudio Reyes comentó que “con la ratificación de este Convenio, que se transforma en un proyecto de ley que irá al Congreso dentro de los próximos días, Chile completa los convenios que la OIT considera como de derecho fundamental para tener un trabajo digno y decente en todos los países. Desde la fundación de la OIT, en 1919, Chile ha sido un activo participante de las adopciones de políticas tempranas para tener un trabajo digno y decente y, en este sentido, no podía ser de una manera distinta”.
“Destacar que durante este 2024, en el que se conmemoran 100 años de la Seguridad Social en Chile, se aprobó la actualización de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para el periodo 2024-2028, cuyo enfoque viene dado en la promoción y protección de la seguridad y salud en el trabajo, siendo su estructura, contenidos, principios, objetivos y compromisos alineados al marco promocional de los convenios de la OIT, recogiendo, entre otras materias, el compromiso de ratificar el Convenio 155. Ello, con la finalidad de ratificar todos aquellos instrumentos internacionales pertinentes al Marco Promocional de la Seguridad y Salud en el Trabajo”, manifestó el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Ricardo Ebner.
El director de la OIT para la oficina del Cono Sur de América Latina, Fabio Bertranou, destacó el anuncio del Gobierno: “Valoramos muchísimo la posibilidad de participar junto con la ministra del Trabajo, en los establecimientos de la empresa Bagó, donde se ha presentado la idea de mandar el proyecto de ratificación del Convenio 155 sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, siguiendo lo que adoptó la Conferencia Internacional del Trabajo en el año 2019, año del centenario, convirtiendo a los convenios de seguridad y salud en el trabajo como un derecho fundamental y que forma parte del programa de ratificación a nivel global que tiene la OIT”.
Convenio 155
El Convenio 155 de la OIT establece la formulación de una política nacional coherente en materia de seguridad y salud de los trabajadores y medioambiente de trabajo, con la finalidad de prevenir accidentes y daños para la salud que sean consecuencia del trabajo, reduciendo al mínimo, en la medida que sea razonable y factible, las causas de los riesgos inherentes al medioambiente de trabajo.
Señala que, para su desarrollo, se deberán tener en cuenta las grandes esferas de acción, en la medida en que afecten la seguridad y la salud de los trabajadores y el medioambiente de trabajo, entre estas, el diseño, ensayo, elección, reemplazo, instalación, disposición, utilización y mantenimiento de los componentes materiales del trabajo, la protección de los trabajadores contra toda medida disciplinaria resultante de acciones emprendidas justificadamente por ellos de acuerdo con la política.
Respecto de las medidas, el Convenio indica que el control de la aplicación de las leyes y reglamentos relativos a la seguridad, higiene y el medio ambiente de trabajo deberá estar asegurado por un sistema de inspección apropiado y suficiente.
Agrega que también se deben tomar medidas para, entre otras, orientar a los empleadores y a los trabajadores con el objeto de ayudar a cumplir con las obligaciones legales y que, además, se deberá garantizar que la política nacional tenga un efecto; velar porque las personas que diseñan, fabrican, importan, suministran o ceden a cualquier título maquinaria, equipos o sustancias para uso profesional lo hagan con todos los resguardos posibles; proteger de consecuencias injustificadas a todo trabajador que juzgue necesario interrumpir una situación de trabajo por creer, por motivos razonables, que ésta entra un peligro inminente y grave para su vida o su salud.
También establece obligaciones para las y los empleadores, entre las que se encuentran, la exigencia, en la medida que sea razonable y factible, de garantizar que los lugares de trabajo, maquinaria, el equipo y las operaciones y procesos que estén bajo su control son seguros y no entrañan riesgo alguno para la seguridad y salud, así como también respecto a los agentes y las sustancias químicas, físicas y biológicas que estén bajo su control; el suministro cuando sea necesario, de ropas y equipos de protección apropiados a fin de prevenir, en la medida que sea razonable y factible, los riesgos de accidentes o de efectos perjudiciales para la salud; y el deber de prever, cuando sea necesario, medidas para hacer frente a situaciones de urgencia y a accidentes.
El Convenio entrará en vigor 12 meses después de la fecha en que haya sido registrada su ratificación.
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