CONADI adquirió tierras para reparación histórica de la comunidad Gallardo Tranamil Pichun

IMG_5965La Comunidad Indígena Gallardo Tranamil Pichun (P.J. Nº 654), de la comuna de Nueva Imperial, celebró la adquisición de 771,01 hectáreas de tierras en la comuna de Lautaro, en virtud del artículo 20 letra b) de la Ley N° 19.253.

Esta compra representa un hito histórico en la reparación territorial de la comunidad mapuche, que desde hace más de dos décadas gestionaba la restitución de sus espacios ancestrales.

La comunidad constituida el 12 de abril de 1995 es integrada actualmente por 101 socios pertenecientes a 84 familias. Su asiento territorial original corresponde al Título de Merced Nº730 del año 1900con 571 hectáreas concedidas en aquella época al lonko Gallardo Tranamil y su familia. 

Tras varios procesos judiciales, en 1985 el territorio se dividió en 275 hijuelas, quedando la comunidad con 492,71 hectáreas. 

Proceso de adquisición

En 2005 la comunidad solicitó el beneficio de la Ley N° 19.253, artículo 20 letra b), mientras que en 2008 se concedió la resolución que habilitaba la compra de tierras, en tanto, en 2025 se aprobó la adquisición del predio Santa Sabina de Collín, y otro predio agrícola, ambos en la comuna de Lautaro. 

Esta compra fue sancionada por Resolución de CONADI y validada por la Contraloría Regional de La Araucanía, llegando a una inversión de $6.558 millones, bajo la modalidad de compra en copropiedad, con la cual la comunidad decidió cerrar su demanda de tierras. 

Voces de la comunidad y autoridades

Mercedes Curimil Alcamil, Presidenta de la Comunidad Gallardo Tranamil Pichun: “Para nosotros como Mapuche no es un regalo, es justicia. Recuperamos un territorio perdido y este logro es fundamental para nuestra comunidad.”

César Sepúlveda Huerta, Alcalde de Nueva Imperial: “El aporte del pueblo Mapuche con su cultura y forma de vida ha sido transformador. Este proceso nos llama a la unión y a construir una mejor región de La Araucanía.”

Álvaro Morales Marileo, Director Nacional de CONADI: “El artículo 20 letra b) es un mecanismo de reparación, no un beneficio social. Tras 20 años de tramitación, hoy entregamos una solución definitiva con la adquisición de más de 770 hectáreas, fortaleciendo la identidad, cultura y cosmovisión de la comunidad.”

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