Categorías: BIOBÍO

Ley Karin: 10 aspectos para tener muy en cuenta

La normativa que busca fomentar relaciones laborales basadas en el respeto y con un trato libre de violencia en cualquiera de sus formas tiene algunos elementos que toda persona debiera conocer.

El año en curso podría ser considerado como “el de las reformas en el trabajo”, con iniciativas que apuntan a generar importantes cambios en la materia, como fue la aplicación de la Ley de 40 horas y la próxima Ley de Conciliación Laboral. Y lo más inmediato es la próxima entrada en vigencia de la denominada Ley Karin, que busca fomentar ambientes basados en el respeto y la no violencia.

Marisol Aguayo, Directora de Talent Solutions Right Management Chile, destaca los 10 elementos que toda persona debiera tener muy en cuenta, en el marco de la nueva norma:

  1. La Ley establece que las relaciones laborales tienen que estar basadas en un trato libre de violencia, con respeto de la dignidad de la persona y con perspectiva de género.
  2. La perspectiva de género es el reconocimiento de la susceptibilidad que tiene el género femenino en distintos aspectos, en una realidad que también viven las diversidades sexuales.
  3. La Ley Karin estructura la obligación de las personas empleadoras, en 3 pilares fundamentales: la prevención, la fiscalización y la sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.
  4. Agrega la violencia externa como un nuevo tipo de riesgo en el trabajo y cambia las reglas del acoso laboral, eliminando la necesidad de que ocurra varias veces para ser considerado acoso. Además, aunque mantiene la definición de acoso sexual, establece principios más justos para su investigación.
  • Acoso Sexual: Conducta indebida de carácter sexual no consentida que amenaza o perjudica la situación laboral de la víctima.
  • Acoso Laboral: Conducta de agresión u hostigamiento que puede manifestarse una vez o de manera reiterada, afectando la dignidad, menoscabando, maltratando o humillando al trabajador.
  • Violencia en el Trabajo: Agresión ejercida por terceros, como clientes o proveedores, que afectan al equipo durante la prestación de servicios.
  1. Está enmarcada en la ratificación, por parte de Chile, del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que busca erradicar la violencia y el acoso en los espacios laborales.
  2. Aplica para el sector público y privado, independiente de la cantidad de personas que trabajan en la organización.
  3. Su enfoque preventivo se concreta en la sensibilización y capacitación periódica de todas las personas en la organización.
  4. Exige procedimientos detallados para la denuncia, investigación y sanción de conductas de acoso y violencia en el trabajo.
  5. También regula la sanción de las denuncias falsas o infundadas.
  6. La Ley Karin entró en vigencia el jueves 1 de agosto del 2024.
Prensa

Compartir
Publicado por
Prensa

Entradas recientes

Antofagasta: Programa Mujeres Jefas de Hogar del SernamEG abre sus postulaciones 2026

La iniciativa, que se ejecuta en más de 270 comunas del país, fortalece la autonomía…

2 horas hace

De residuo industrial a material urbano: la nueva vida de la escoria de cobre

Caminos costeros, plazas y veredas: distintas iniciativas ya están demostrando cómo este material puede volver…

2 horas hace

Reconstrucción y cuidado: el rol de las familias en la salud mental

Paulina Spaudo, psicóloga, profesora asistente Facultad de Psicología y Humanidades USS, Concepción. El impacto de…

3 horas hace

Lecciones de la reconstrucción

Dra. Nina Hormazábal P., Universidad Técnica Federico Santa María, Valparaíso. A puertas del nuevo año,…

3 horas hace

Exitosa participación de Ckelar Volcanes en el Día de los Patrimonios de Verano

El Instituto de Investigación en Riesgo Volcánico-Ckelar Volcanes, fue parte de la feria patrimonial de…

3 horas hace

Observatorio ISLA: Abren convocatoria a nueva residencia de arte y astronomía

La Corporación Cultural SACO, en colaboración con ESO Chile, invita a artistas nacionales a postular…

3 horas hace