Vecinos y sindicatos de pescadores de Mejillones reclaman en contra aprobación de reconversión de Central Termoeléctrica Angamos

CENTRALLa acción cuestiona la falta de consideración de las observaciones ciudadanas referidas a la evaluación de los impactos acumulativos históricos y los impactos sinérgicos con otras actividades industriales en Mejillones.

A través de una acción judicial, dos vecinos y el Sindicato de Trabajadores Independientes, Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores de Mejillones buscan revertir el rechazo de un recurso de reclamación interpuesto tras la calificación favorable de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Alba, del titular Empresa Eléctrica Angamos.

En audiencia de vista de la causa, se conocieron los antecedentes que tenían para aportar las partes, cuyo reclamo judicial ingresado al Primer Tribunal Ambiental, busca dejar sin efecto la resolución exenta del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), que, según la postura de los reclamantes, no abordó debidamente las observaciones que formularon durante el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto.

El ministro Alamiro Alfaro explicó los siguientes pasos del proceso judicial, “luego de la audiencia los ministros adoptamos acuerdo y se me designó como redactor de la sentencia. Esto significa que ya existe acuerdo en cuanto a la decisión del tribunal, así como en sus fundamentos, por lo ahora se iniciará el proceso de redacción de la sentencia que deberá resolver si la evaluación ambiental del proyecto Alba se ajustó o no a derecho”.

La reclamación

Los vecinos y pescadores de Mejillones argumentan que el SEA no consideró correctamente sus observaciones durante el proceso de evaluación ambiental referidas a la falta de evaluación de los impactos acumulativos históricos del proyecto, así como de sus impactos sinérgicos con otras actividades y a deficiencias en la evaluación de sus efectos sobre la calidad del aire.

En particular, afirman que el proyecto consiste en una modificación sustancial de la Central Termoeléctrica Angamos (CTA), que implica cambiar el sistema energético desde carbón hacia sales solares, por lo que se debió considerar la suma de los impactos históricos de la central desde su inicio.

Asimismo, alegan que la evaluación ambiental no contempló adecuadamente los impactos sinérgicos generados por la interacción del proyecto Alba con otras actividades industriales ubicadas en la comuna. Refieren que el proyecto debió haber ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y no a través de una declaración como ocurrió en este caso.

Adicionalmente, plantean que no se consideraron variantes relevantes para el análisis de incertidumbre meteorológica, las que serían necesarias para evaluar correctamente la dispersión de los contaminantes.

En audiencia el abogado Marcos Emilfork, por los reclamantes, sostuvo que “según la norma es fundamental considerar los impactos del proyecto preexiste en evaluación y, además, aquí la variable climática no fue considerada”.

Los reclamantes solicitan dejar sin efecto la resolución que rechazó su recurso de reclamación administrativa, ordenando acoger sus alegaciones o en su defecto lo que el tribunal en derecho determine.

La respuesta del SEA

El SEA, en cambio, responde que la evaluación fue realizada conforme a derecho y que todas las observaciones ciudadanas fueron debidamente consideradas. Respecto a los impactos acumulativos, aclara que la Ley N° 19.300 no obliga a incluir medidas de reparación por impactos históricos.

En cuanto a los impactos sinérgicos, el SEA explica que su evaluación no corresponde en una Declaración de Impacto Ambiental, ya que la normativa los exige únicamente para Estudios de Impacto Ambiental. Aun así, indica que no existen impactos significativos generados por el Proyecto Alba que pudieran interactuar sinérgicamente con otros proyectos del entorno. Pese a ello, indica que se consideraron las emisiones de otros proyectos en el análisis de calidad del aire, descartando efectos adversos por su bajo aporte relativo.

Por el contrario, la abogada Tagrid Safatle, por el SEA, respondió que “esta evaluación no puede venir a nuevamente evaluar impactos ambientales que ya fueron considerados. Acá, lo que se debe evaluar es este proyecto en particular. No se producen impactos significativos con este proyecto, muy por el contrario, se dejan de producir.  La calidad del aire va a mejorar en alrededor de un 40%”.

En relación con la calidad del aire, el SEA explicó que se utilizó un modelo técnico reconocido para estimar el comportamiento de los gases y partículas en el ambiente, incorporando datos del clima y otros factores relevantes. Refiere que, aunque algunos elementos no se detallaron por separado, todos fueron considerados en el análisis general. Además, indicó que el plan de emergencias del proyecto fue revisado y cumple con la normativa vigente. Por estas razones, el SEA pidió al tribunal rechazar la reclamación presentada.

En tanto, el abogado Sebastián Avilés, por la Empresa Eléctrica Angamos SpA, filial de AES Gener, planteó que “el cese anticipado del proceso de combustión a base de carbón disminuyendo los impactos evaluado. Tres millones de toneladas al año de co2 que se evitan gracias a este proyecto. Reducción sustantiva de todas las emisiones de los componentes normados, alrededor de un 50%.

El proyecto

El “Proyecto Alba” es desarrollado por empresa “Eléctrica Angamos SpA”, filial de AES Gener, y busca reconvertir la Central Termoeléctrica Angamos, sustituyendo el uso del carbón por un sistema de sales solares, que permite mantener la generación de energía eléctrica en el sector, la que será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional.

Este tendrá una vida útil de 15 años, se emplazará en las mismas dependencias de la central Angamos y considera una inversión de 450 millones de dólares.

Rol R-111-2024

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