Condenan a hijo de Héctor Llaitul y otros cuatro integrantes de la CAM por incendios y secuestro en La Araucanía

El Tribunal Oral de Temuco acreditó su participación en una serie de ataques registrados en noviembre de 2022. La sentencia será dada a conocer el próximo 13 de julio.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco dictó este jueves un veredicto condenatorio contra Pelentaro Héctor Llaitul Pezoa, hijo del líder histórico de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul, y otros cuatro integrantes de la organización por su participación en una serie de delitos cometidos en noviembre de 2022 en la Región de La Araucanía.

La resolución, adoptada de forma unánime por los magistrados José Ignacio Rau Atria, Javier Bascur Pavez y Wilfred Ziehlmann Zamorano, estableció la responsabilidad penal de Pelentaro Llaitul, Luis Guillermo Menares Chanilao, Juan Carlos Mardones Sáez, Luis Darío Fuenzalida Eneros y Jorge Andrés Caniupil Coña.

Los cinco fueron condenados como autores de los delitos consumados de incendio reiterado, hurto en concurso con secuestro simple y hurto. Además, Pelentaro Llaitul y Juan Carlos Mardones recibieron una condena adicional por porte ilegal de municiones.

Durante el juicio, el Ministerio Público acreditó que los condenados participaron en ataques incendiarios perpetrados en el fundo San Luis y en la parcela 15, además de la quema de una camioneta Maxus. En esos hechos, los acusados sustrajeron el vehículo de una de las víctimas, la mantuvieron privada ilegalmente de libertad mientras se desplazaban por el sector y posteriormente robaron diversas especies desde un predio.

El tribunal concluyó que la participación de los acusados quedó acreditada mediante diversos medios de prueba, entre ellos la coincidencia entre las vestimentas descritas por las víctimas y las que utilizaban los imputados al momento de su detención, además de evidencia incautada en el sitio del suceso, incluyendo especies robadas y otros elementos vinculados a los delitos.

Absolución por delitos de armas

Pese al veredicto condenatorio, el tribunal absolvió a los cinco acusados de los delitos de porte ilegal de arma de fuego, porte de arma prohibida y disparos injustificados.

Si bien los jueces establecieron que esos hechos efectivamente ocurrieron durante los ataques, concluyeron que las pruebas presentadas no permitieron atribuir su comisión de manera individual a cada uno de los acusados más allá de toda duda razonable.

En la resolución también se señala que la presencia de personal policial y militar armado en el lugar donde fueron detenidos los imputados pudo haber generado contaminación de evidencia utilizada en los peritajes químicos, circunstancia que impidió alcanzar el estándar probatorio exigido para una condena por esos delitos.

El acta de deliberación sostiene que, respecto de esas imputaciones, «existen meras sospechas», las que resultan insuficientes para fundar una sentencia condenatoria.

La audiencia de lectura de sentencia quedó fijada para las 13:00 horas del próximo lunes 13 de julio, oportunidad en que el juez Wilfred Ziehlmann Zamorano dará a conocer las penas que deberán cumplir los condenados.

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