CONADI reconoce pérdida territorial desde 1908 a comunidad de Pitrufquén

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La comunidad Molcoche recibió esta semana la resolución de aplicabilidad del artículo 20 letra b) de la Ley Indígena N°19.253, que le permite iniciar procesos de restitución territorial. Este informe jurídico-administrativo, emitido por CONADI, reconoce la pérdida de tierras sufridas por la comunidad desde inicio del siglo XX, respaldada por un Título de Merced otorgado por el Estado en 1908.

Según el Título de Merced N°1391 otorgado por el departamento de Valdivia en 1908 a Juan Andrés Ancan. El fundo con una superficie total de 150 ha, en la actual comuna de Pitrufquén limita al norte con una quebrada que da con el estero Molco; al oriente con Juan Ñancufil; al sur por una extensión que separaba indígenas y colonos, y al Poniente con un franja que lo separa de la reserva Anita Iniman.

Estas resoluciones de aplicabilidad constituyen un paso fundamental para que la comunidad acceda a los mecanismos de restitución territorial establecidos por la Ley Indígena, en base a documentos oficiales como Títulos de Merced y Títulos de Comisario.

Reconocimiento y justicia territorial

La aplicabilidad reconoce un despojo del 70% de las tierras reconocidas por su título de merced, y para el Director de CONADI, Álvaro Morales Marileo, significa un gran avance en la institucionalidad con los pueblos indígenas: “Estamos apostando para que las vías institucionales se abran y sean un camino que sea posible recorrer para encontrar soluciones reales”.

Por su parte, Valeria Llanquiman Ancán, presidenta de la Comunidad Molcoche, reconoció el avance del proceso: “Este ha sido un proceso largo donde hoy en día pudimos firmar nuestra aplicabilidad para al artículo 20 b) donde se nos reconoce nuestra pérdida territorial. Estamos contentos, es un hito importante que hoy en día estamos cumpliendo. Aún nos queda una camino por recorrer, un sueño que se hace realidad”.

Cabe señalar que las resoluciones de aplicabilidad para la compra de tierras son otorgadas de acuerdo con un informe jurídico administrativo emitido por CONADI de acuerdo con el artículo 20 letra b) de la Ley N° 19.253 (Ley Indígena), el cual va dirigido a las comunidades indígenas con personalidad jurídica y directiva vigente, que desean iniciar procesos de restitución territorial respaldados en documentos otorgados por el Estado, tales como Títulos de Merced y Títulos de Comisario.

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