La SMA fundamentó su solicitud en los ruidos emitidos por el equipo que es utilizado como fuente de suministro eléctrico del establecimiento, el que se encuentra instalado en el área externa del local sin contar con barreras acústicas y operando entre las 9:00 y las 22:00 horas.
Según los antecedentes aportados, entre el 25 de noviembre de 2025 y enero de 2026, se recibieron 23 denunciadas asociadas a ruidos molestos, lo que motivó la realización de actividades de fiscalización en terreno.
Las cifras dan cuenta que el pasado 17 de enero en horario nocturno, se registró un nivel de presión sonora que supera en 27 decibeles el límite máximo permitido en dicho horario y zona.
Así, la SMA sostiene que estos antecedentes configuran una hipótesis infraccional verosímil a la norma de emisión de ruidos, así como un riesgo para la salud de las personas considerando la magnitud de la superación constatada, la reiteración de denuncias y la ubicación del establecimiento en un sector poblado, cercano a edificaciones residenciales y a un establecimiento educacional.
Resolución del Tribunal
Con los antecedentes presentados, el tribunal concluyó que se cumplen los requisitos legales previstos en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA) para autorizar una medida provisional pre procedimental, estimando que esta resulta proporcional con la infracción denunciada y con las circunstancias del caso.
“Se decidió autorizar la medida provisional solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente para la detención de funcionamiento de un equipo generador diésel del local Mc Donald’s ubicado en la Avenida Cerro Paranal por 15 días, atendida la existencia de reiteradas denuncias de vecinos, así como por la superación de la norma de emisión de ruido que fue constatada por el personal fiscalizador de la SMA” declaró el ministro presidente Alamiro Alfaro Zepeda.
En la decisión se destaca la importancia del cumplimiento de la norma de emisión de ruido, cuyo objeto de protección es la salud humana, así como los potenciales efectos que el incumplimiento podría tener sobre la población expuesta.
La resolución fue dictada por el ministro presidente Alamiro Alfaro Zepeda, quien actúo en su calidad de ministro de turno.
Causa Rol S-27-2026
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