SMA INSTRUYE A PROYECTOS DE ENERGÍAS RENOVABLES MEDIDAS PREVENTIVAS ANTE EL DESIERTO FLORIDO EN EL NORTE DEL PAÍS

⚡ Puntos Clave de la Noticia:

  • La SMA exige medidas preventivas a proyectos energéticos en Antofagasta, Atacama y Coquimbo.
  • Se prohíbe el tránsito fuera de rutas autorizadas y se refuerza la protección de flora en peligro.
  • Los titulares deben cumplir con estrictos protocolos de monitoreo para salvaguardar el patrimonio natural.

– *La Superintendencia dio continuidad a las acciones de resguardo
iniciadas el año pasado, ampliando este 2026 la advertencia a las regiones
de Antofagasta, Atacama y Coquimbo.*
– *Los titulares de instalaciones fotovoltaicas y eólicas deberán
adoptar todas las medidas necesarias a fin de evitar y controlar posibles
impactos en las superficies donde se desarrolla este fenómeno natural
único.*

Dando continuidad a las instrucciones emitidas en octubre del año pasado,
la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ofició a los titulares de
proyectos de energías renovables no convencionales con Resolución de
Calificación Ambiental (RCA) para la adopción de todas las medidas
preventivas necesarias ante las manifestaciones del fenómeno del Desierto
Florido que se están registrando este año 2026 en el norte del país.
En esta oportunidad, la advertencia emitida por la División de
Fiscalización de la SMA abarca a proyectos emplazados en las regiones
de *Antofagasta,
Atacama y Coquimbo*, áreas donde las lluvias del periodo invernal han
gatillado el florecimiento de más de 200 especies de plantas anuales y
geófitas, en un evento de particularidades únicas a nivel mundial.
Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, destacó
que: * “El Desierto Florido es un patrimonio natural de enorme valor
ecológico y con un alto nivel de endemismo. Al igual que el año anterior,
desde la SMA estamos haciendo un llamado preventivo y riguroso a los
titulares de proyectos de energía para que adecuen sus operaciones,
refuercen sus *controles *y aseguren el cumplimiento estricto de sus
compromisos ambientales durante el desarrollo de este fenómeno. En ese
contexto, nuestra División de Fiscalización y el Departamento de
Tecnología, Monitoreo e Información se coordinaron para hacer esta gestión
que aplica todos los proyectos emplazados en las 3 regiones donde
principalmente ocurre el fenómeno”*.
A través de la instrucción, la SMA recordó la obligatoriedad de cumplir con
las siguientes medidas operacionales y de resguardo:

1. *Tránsito normado:* Utilizar estrictamente rutas evaluadas
ambientalmente y evitar de manera absoluta el tránsito de personal y
contratistas por caminos o rutas alternativas.
2. *Residuos:* Disposición de residuos únicamente en los lugares
autorizados para tal efecto.
3. *Protección de fauna:* Aumentar el resguardo y protección de las
especies de fauna silvestre que incrementan su presencia en el área ante la
mayor disponibilidad de alimento.
4. *Especies en conservación:* Incrementar las medidas de resguardo
asociadas a flora protegida en categoría de conservación, de especies tales
como *Eragrostis pycnantha* (En Peligro), *Leontochir ovallei* o Garra
de León (En Peligro) y *Pintoa chilensis* (En Peligro).
5. *Monitoreo y reporte:* Ejecutar en tiempo, modo y frecuencia los
monitoreos ambientales asociados al Desierto Florido e informar
oportunamente cualquier incidente o contingencia vinculada con las
superficies afectadas.

Finalmente, la Superintendencia recordó que los avisos de incidentes o
contingencias deben ser reportados a través del Sistema de Seguimiento
Ambiental (SSA) de la SMA conforme a lo dispuesto en la Resolución Exenta
N° 885/2016, dentro de un plazo máximo de 24 horas de ocurrido el evento,
manteniendo asimismo actualizados los datos de titularidad y contacto en
los registros institucionales.