Cristian Vera Soriano, Académico Geología Universidad Andrés Bello
Existen multitud de definiciones de suelo, algunas hacen referencia a su origen teniendo en cuenta que provienen de la destrucción de la roca madre, otras por componerse de material fácilmente disgregable, otras lo caracterizan en base a su uso (agrícola, forestal, urbano…) y otras más técnicas se centran en describir sus capas u horizontes para poder clasificarlos.
Su clasificación es relevante, pues sus características en profundidad condicionan su uso en superficie. Un ejemplo claro es el cultivo de berries, específicamente el de frutilla para el que, según el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INIA) se requiere contar con unos 80 centímetros de suelo con textura “franco-arenosa” para favorecer el drenaje. En caso de ser más arcilloso, afectaría de tal forma en el desarrollo de la planta que la producción se retrasaría, además de dar pocos y deficientes frutos.
Dado que su estudio es tan importante y el suelo es la base de nuestra alimentación, cabe preguntarse ¿Chile se preocupa de protegerlos mediante la legislación ante la contaminación? Lamentablemente a nivel nacional no existe norma de calidad de suelos. De hecho, la Subsecretaría de Medio Ambiente se basa en normas internacionales de referencia de calidad de suelos para certificar si existe daño ambiental en base a diversas actividades industriales en el medio. Estas corresponden a la Norma Canadiense (Canadian Soil Quality Guidelines for the Protection of Environmental and Human Health, 1999); a la holandesa (Norma Leidraad Bodemsanering, 1994) y a la española (Ley 22/2011, Real Decreto 9/2005).
Los valores de referencia de dichas normas son los más conservadores respecto a su uso, y buscan prevenir el máximo riesgo, se consideran una guía ambiental de máxima seguridad. El problema es que en Chile no procede la aplicación directa de normas internacionales, y solo se admiten como estándares de referencia.
La contaminación del suelo está aumentando a nivel mundial y afecta particularmente a los más vulnerables. Los seres humanos están expuestos a ella ya sea por ingestión directa del suelo, contacto dérmico o inhalación de suelo contaminado, o indirectamente por la transferencia de contaminantes a la cadena alimentaria. La Organización Mundial de la Salud ha identificado diez contaminantes principales de preocupación para la salud humana de los cuales nueve son contaminantes del suelo, debido al impacto que provocan y su amplia incidencia geográfica (arsénico, asbesto, benceno, cadmio, dioxina, fluoruro, plomo, mercurio, pesticidas peligrosos y contaminación del aire).
La existencia de suelos contaminados y su falta de gestión genera otros problemas para las comunidades cercanas a estos sitios. No solo podría estar en riesgo su salud por los contaminantes presentes, sino que estos terrenos además pueden convertirse en basurales y ser foco de vectores de importancia sanitaria. Según la Hoja de ruta de Residuos Construcción y Demolición 2035, solo en la región Metropolitana se sabe que hay más de 73 vertederos ilegales de residuos sólidos, correspondientes a 400 hectáreas y unos 600 microbasurales. Nueve regiones de Chile no cuentan con lugares para disposición autorizada de residuos sólidos asimilable (escombros).
El Ministerio de Medio Ambiente ha avanzado en la realización de estudios que permiten caracterizar los suelos contaminados, pero todavía falta por determinar, de acuerdo con la legislación, cuáles son los límites permitidos de contaminación del suelo por una empresa o los costes de contaminar el medio para poder paliar sus efectos.
El principio fundamental de “El que contamina paga” estimado en la ley 19.300 necesita de instrumentos legales que permitan establecer los límites permitidos y es por ello por lo que, en el día mundial de los suelos, solicitamos que se avance en la materia a nuestros representantes.
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