Máximo tribunal ratificó la sentencia que condenó a Anthonella Andrea Silva Cáceres a 541 días de presidio, pena que deberá cumplir bajo reclusión parcial nocturna.
La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a Anthonella Andrea Silva Cáceres como autora del delito consumado de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, hecho ocurrido en febrero de 2024 en la comuna de Valparaíso.
El fallo fue dictado por la Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por el ministro Leopoldo Llanos, las ministras María Cristina Gajardo y Eliana Quezada, junto a la abogada integrante Pía Tavolari y el abogado integrante Eduardo Gandulfo. La decisión se adoptó por mayoría, con el voto en contra del ministro Llanos.
La sentencia impugnada había condenado a Silva Cáceres a 541 días de presidio, pena que fue sustituida por la medida de reclusión parcial nocturna, es decir, deberá cumplir la condena permaneciendo privada de libertad durante las noches.
El recurso buscaba anular el juicio oral y la condena, argumentando que el control de identidad realizado por Carabineros habría sido ilegal y que se vulneraron garantías del debido proceso. Sin embargo, la Corte Suprema descartó estos planteamientos.
Según estableció el fallo, el procedimiento policial se originó tras una denuncia anónima que alertaba que una mujer estaba vendiendo droga en una intersección de la ciudad. Funcionarios de Carabineros que realizaban labores de vigilancia preventiva concurrieron al lugar y observaron a una persona que coincidía con las características físicas y de vestimenta descritas.
Al momento de ser fiscalizada en la vía pública, Silva Cáceres arrojó un monedero al suelo, lo que, según el tribunal, constituyó un indicio suficiente para justificar el control de identidad preventivo.
La Corte Suprema concluyó que el actuar policial se ajustó a la normativa vigente y que no se vulneraron derechos constitucionales ni garantías procesales de la imputada. Asimismo, determinó que los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso actuaron correctamente al considerar lícita la prueba obtenida y presentada por el Ministerio Público durante el juicio.
En su resolución, el máximo tribunal también descartó que existiera falta de fundamentación en la sentencia, señalando que el fallo explicó de manera suficiente las razones para establecer que la droga incautada no estaba destinada al consumo personal, sino a la comercialización.
Con estos argumentos, la Corte Suprema resolvió rechazar el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y confirmar íntegramente la condena dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, dejando firme la responsabilidad penal de Anthonella Andrea Silva Cáceres por el delito de microtráfico.
En el marco del 147 aniversario de Antofagasta, este sábado 14 de febrero, tendrá lugar…
Durante hoy viernes se realizaron las jornadas de finalización del Programa de Cuidados para trabajos…
Todo dispuesto se encuentra en Lican Ray, para la realización de la 2ª versión de…
Máximo tribunal determinó que se aplicó erróneamente una agravante basada en condenas antiguas ya prescritas…
La comuna de Lautaro se prepara para vivir una verdadera fiesta en el marco de…
Tribunal estableció dos meses para la investigación y agrupó esta causa con otra que enfrenta…